Actualidad del Observatorio Español de la Economía Social

28/02/2008

Los trabajadores autónomos dependientes podrán registrar sus contratos en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal

Los directores generales del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), Eduardo González, y de Economía Social, Trabajo Autónomo y Fondo Social Europeo, Juan José Barrera, se han reunido este miércoles con representantes de las asociaciones de trabajadores autónomos UPTA, ATA y CEAT, con objeto de tratar sobre la resolución emitida por el citado Servicio de Empleo para el procedimiento del registro de los contratos concertados por los trabajadores autónomos dependientes.

La Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo regula el régimen profesional del trabajador autónomo económicamente dependiente; el contrato a concertar entre el propio trabajador y la persona física o jurídica que lo contrata, denominada cliente, así como el registro donde debe efectuarse dicho contrato.

En la Resolución, emitida el pasado día 21, que ha sido enviada al BOE para su publicación, se determina que será el Servicio Público de Empleo Estatal quien efectuará provisionalmente el registro. Ello hasta que se dicten las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, se formalice una "encomienda de gestión" y se suscriban convenios con las comunidades autónomas.

De manera provisional

El Ministerio de Trabajo ha considerado necesario plantear esta medida, ante al retraso inevitable que se producirá en la aprobación del Decreto para regular el registro, debido a la actual situación de proceso electoral en España. La resolución dará una mayor seguridad jurídica a los trabajadores con contratos ya firmados, y a sus clientes.

Los contratos se presentarán por los trabajadores o los clientes para su registro en el Área de Prestaciones, salvo en el País Vasco, Ceuta y Melilla, que serán registradas por el Área en Empleo. La medida entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.

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