Actualidad del Observatorio Español de la Economía Social

23/07/2007

La Comisión Ejecutiva de UPTA España aplaude la ratificación definitiva de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo

La Comisión Ejecutiva Nacional de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos de España (UPTA), en su última reunión antes de las vacaciones de verano, celebrada el pasado 16 de julio en Madrid, aplaudió la ratificación definitiva de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo por parte del Congreso de los Diputados, Ley que entrará en vigor el próximo 12 de octubre. La Comisión Ejecutiva también quiso felicitar la capacidad de negociación demostrada por los portavoces de los principales grupos parlamentarios y del Gobierno en este nuevo proceso.

Desde UPTA se considera que el Estatuto "es un texto que cubre nuestras expectativas, que parecía una utopía hace algo más de tres años y todavía una ilusión hace escasamente unos meses. Con ello se cumple un compromiso electoral de los principales partidos y es un síntoma claro de la recuperación de la confianza de la opinión pública hacia nuestro colectivo, muy poco entendido en tiempos pasados, por lo que también va a representar el reencuentro de un sector social tan importante con una sociedad en la que se veía injustamente tratado”.

El Estatuto aporta una definición conceptual del trabajador autónomo con expresión concreta de todos los supuestos incluidos, esto permitirá una mejor labor legislativa en el futuro, ya que será más fácil la definición del sujeto al que le sea de aplicación las normas. La inclusión de estos colectivos lo es sin perjuicio de la aplicación de sus respectivas normas específicas, como las correspondientes a los agentes comerciales o de seguros y a los transportistas.

Además, se articula un amplio catálogo de derechos y deberes profesionales comunes para todos los autónomos. De esta forma, las principales normas constitucionales se podrán aplicar al trabajo autónomo de forma directa a través de una Ley ordinaria. En esta materia especialmente, desde UPTA se resalta el derecho a la conciliación de la actividad profesional con la vida personal y familiar, en particular con el reconocimiento del derecho a la suspensión de la actividad en las situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, etc..

Aspectos pendientes

Entre los deberes quedan perfectamente establecidos los relacionados con la afiliación y cotización a la Seguridad Social y el cumplimiento de las normas deontológicas aplicables a cada profesión. Cualquier trabajador autónomo, o sus asociaciones, podrán recabar la tutela del derecho ante el orden jurisdiccional competente por razón de la materia.

Aún así, hay aspectos del Estatuto que tienen una aplicación que se retrasa en el tiempo, bien al objeto de dar publicidad a los aspectos que regula, o bien para proceder al desarrollo legal o reglamentario preciso. En este sentido queda pendiente de elaboración un reglamento que determine el contenido, previsiones mínimas y características de los contratos que celebren los trabajadores autónomos económicamente dependientes, que deberán efectuarse por escrito. El plazo para este desarrollo es de un año tras la entrada en vigor de esta Ley.

Asimismo, las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos constituidas en aplicación de la legislación anterior habrán de adaptar sus estatutos a la previsión de la nueva Ley e inscribirse en el registro correspondiente en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor. Con respecto al Consejo del Trabajo Autónomo, órgano consultivo del Gobierno en materia socio laboral, deberá desarrollarse también en cuanto a su composición y régimen de funcionamiento.

Por último, también se prevé una prestación nueva en el RETA para la contingencia de cese de actividad involuntario. En relación con esta cuestión no se establecen compromisos temporales específicos, sino que tan sólo el establecimiento de un compromiso del Gobierno de proponer a las Cortes Generales la regulación de un sistema específico de protección por cese de actividad para los autónomos, en función de sus características personales o de la naturaleza de la actividad ejercida, y siempre que estén garantizados los principios de "contributividad", solidaridad y sostenibilidad financiera, y ello responda a las necesidades y preferencias de los trabajadores autónomos.

La Comisión Ejecutiva de UPTA España espera que después del verano ya se empiece a trabajar para que en cuanto entre en vigor el Estatuto se desarrollen todos los puntos que han quedado pendientes en el menor tiempo posible.

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