22/07/2021
Disponible un nuevo número de ‘CIRIEC-España, Revista Jurídica de Economía Social y Cooperativa’, monográfico sobre la armonización del derecho cooperativo español y los nuevos retos para las sociedades cooperativas
Está disponible la versión “on-line” de un nuevo número, el 38º, de ‘CIRIEC-España, revista jurídica de economía social y cooperativa’. Se trata en este caso de un monográfico sobre ‘La armonización del derecho cooperativo español y nuevos retos para las sociedades cooperativas’, coordinado por el propio director de la Revista, Manuel García Jiménez (Universidad de Córdoba). La publicación está accesible en la propia Web de la revista: www.ciriec-revistajuridica.es. (También está disponible en la plataforma OJS: https://ojs.uv.es/index.php/juridicaciriec/index)
Según explica el profesor García Jiménez, este monográfico es el primero de un ciclo en el que se va a abordar la armonización del derecho cooperativo español en torno a los valores y principios cooperativos definidos por la ACI. El número se publica también cuando se cumplen 90 años de la Ley de Cooperativas de 9 de septiembre de 1931, primera Ley de Cooperativas de España y también una las pioneras en la esfera internacional, que supuso el inicio de un derecho sustantivo cooperativo propiamente dicho, inspirado en los principios de Rochdale. También están a punto de cumplirse cuarenta años de la Ley 1/1982, de 11 de febrero de cooperativas de Euskadi, la primera postconstitucional, con una proliferación legislativa tal que el Estado Español cuenta con 18 ámbitos legislativos, y la mayoría de las Leyes han visto ya su tercera versión, mostrando un panorama cada vez más dispar.
Frente a ello, García Jiménez apunta que en la actualidad se vive una tendencia internacional hacia el acercamiento y armonización de las legislaciones nacionales, auspiciada por organizaciones internacionales y asociaciones científicas, bajo el principal paraguas de la Recomendación 193 de la OIT.
En la sección de artículos, el monográfico presenta algunas reflexiones y propuestas desde distintas perspectivas y campos del derecho. Así, desde el derecho del trabajo, Dulce Soriano Cortés analiza el estatuto jurídico de las personas socias trabajadoras y cómo el marco competencial constitucional y la diversificada regulación autonómica no favorecen su adecuada configuración. La autora defiende que la naturaleza societaria que la ley otorga al vínculo contractual no impide reconocer la conexión que tales socios trabajadores guardan con el ámbito de las relaciones laborales. Aboga por aprovechar las sinergias de impulso internacional en favor de las cooperativas como alternativas generadoras de trabajo decente y contribuidoras al desarrollo sostenible.
Por su parte, Ana Isabel Pérez Campos reflexiona sobre la naturaleza de la relación entre la cooperativa de trabajo asociado y sus socios trabajadores. Señala que la dispersión y heterogeneidad del marco normativo aplicable a la prestación de servicios del socio trabajador constituye un reto de futuro, a la vez que una oportunidad, tanto para evitar su utilización fraudulenta como para fortalecer y desarrollar este tipo de sociedades.
El fenómeno de la economía de plataformas
Alicia Villalba Sánchez analiza el afloramiento de la llamada “economía de plataformas” y cómo, tratándose de un entorno inédito, las relaciones concertadas en su seno han sido poco propensas a la regulación, integrándose en el vago concepto de la “economía colaborativa”, donde la autora distingue entre cooperación y colaboración, “con el propósito de deslindar el espacio que la cooperativa de trabajo asociado está llamada a ocupar dentro de dicha economía”.
Bajo el prisma del derecho de sociedades, Rufino Benítez García reflexiona sobre el principio de adhesión voluntaria y abierta, analizando las modificaciones más recientes en el derecho cooperativo autonómico en relación con este principio, donde considera que existen puntos de confluencia y finaliza con una serie de posibles reformas que deberían llevarse a cabo para encontrar un “entendimiento razonado del principio”.
Joaquim Castañer Codina analiza el derecho de voto de los socios como un elemento configurador básico de las cooperativas, centrándose en la votación secreta, de la que hace un análisis crítico a partir de su regulación en las distintas leyes de cooperativas, que presentan muchas diferencias y disparidades que, considera, no tienen justificación.
Antonio José Macías Ruano señala en su estudio cómo, frente a la sociedad de capital, el concepto legal de cooperativa centra la caracterización en el régimen de libre adhesión y baja voluntaria, con estructura y funcionamiento democrático. Estas notas definitorias deberían bastar para distinguir a las cooperativas de cualquier sociedad de carácter capitalista. Sin embargo, en el ámbito legislativo se producen distintos puntos de convergencia entre ambas clases de sociedades que provocan un acercamiento mutuo que homogeneiza la proyección interna y externa de ambos operadores, lo que le lleva a reflexionar sobre la asunción de tal homogenización legislativa o la necesidad de su diferenciación para mantener la identidad.
Finalmente, Eduardo Miranda Ribera, al hilo de los fenómenos de integración cooperativa, analiza el uso de la figura de los ‘pactos parasociales’ en las sociedades de capital, para posteriormente determinar su validez en el ámbito cooperativo. Considera que la importancia de los principios y valores cooperativos justifican la oposición a dichos pactos en las cooperativas, si bien aboga por una interpretación de los principios y valores cooperativos más actualizada y “pro competitiva”.
En este número se introduce, por último, una nueva Sección: “Crónica Legislativa Comparada” en la que Akira Kurimoto analiza las líneas generales de la reciente Ley de Cooperativas de Trabajadores de Japón.
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