28/06/2007
El Congreso de los Diputados aprueba definitivamente el Estatuto del Trabajo Autónomo
El Congreso de los Diputados ha dado hoy luz verde definitiva al Estatuto del Trabajo Autónomo, que regula la actividad de más de tres millones de trabajadores españoles y mejora los derechos y la protección social de este colectivo, después de incorporar un bloque de enmiendas complementarias y técnicas procedentes del Senado.
En el transcurso del debate, el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, ha destacado el "consenso" alcanzado con los grupos parlamentarios para abordar esta ley que, a su juicio, supone un "gran logro social" y un "acontecimiento de indudable valor histórico", que pone "punto y final a la situación" de desprotección vivida por más de tres millones de autónomos.
"A partir de ahora, los trabajadores autónomos tendrán garantizados sus derechos individuales y colectivos, más protección social, el apoyo de los poderes públicos para sus proyectos empresariales y el reconocimiento que merecen de la sociedad española", ha subrayado.
Caldera ha destacado también que con esta nueva norma, que deja atrás el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, "se borran diferencias entre trabajadores de este colectivo y trabajadores asalariados". Según el Gobierno, el Estatuto del Trabajo Autónomo es el primer ejemplo de regulación sistemática y unitaria de este colectivo en la Unión Europea.
Derechos y deberes
Entre las medidas que contempla el nuevo Estatuto, destaca la formulación de un catálogo de derechos y deberes de los autónomos, la regulación de la prevención de riesgos laborales y el establecimiento de garantías económicas para el trabajador autónomo.
Además, el Estatuto concreta quiénes pueden ser considerados trabajadores autónomos dependientes. No se pretende legalizar a los denominados "falsos autónomos", ya que el objeto fundamental de la Ley es que el autónomo amplíe su cartera de clientes y diversifique su actividad.
Asimismo, se establece la posibilidad de contratación laboral de los hijos menores de 30 años que convivan con el trabajador autónomo. Por otra parte, se reconoce un catálogo de derechos colectivos y se establecen las bases para el reconocimiento de la representatividad de las asociaciones de autónomos. La Ley crea el Consejo del Trabajo Autónomo, de ámbito estatal.
En materia de Protección Social, el Estatuto aplica medidas tendentes a que el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos converja con el Régimen General de la Seguridad Social. Se reconoce la prestación por accidente laboral en situaciones "in itinere". Se permitirá la jubilación anticipada en el caso de trabajadores autónomos, en atención a la naturaleza tóxica, peligrosa o penosa de la actividad ejercida. Y también se podrán jubilar anticipadamente los trabajadores en sectores considerados en crisis.
Por último, el nuevo Estatuto establece medidas de fomento del empleo, dirigidas a promover la cultura emprendedora, a reducir los costes en el inicio de la actividad, la formación profesional y favorecer el trabajo autónomo mediante una política fiscal adecuada. En este sentido, se aumentan las bonificaciones a la cotización a la Seguridad Social de los jóvenes hasta 30 años, y mujeres hasta 35, que inicien su actividad como autónomos, pasando del 25% actual al 30%, y de 24 a 30 meses.
Reivindicación histórica
La regulación del trabajo autónomo era una reivindicación histórica por parte de los representantes de este colectivo, cuyo ordenamiento jurídico se remonta a un decreto de 1970, regulador del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que no consiguió prosperar. Ello hasta la asunción de ese compromiso por parte del presidente del Gobierno actual, quien en su discurso de investidura puso como fecha para elaborar un Estatuto la presente legislatura.
La Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo es el primer ejemplo de regulación sistemática y unitaria del trabajo autónomo en la Unión Europea.
Imagen: Jesús Caldera, ministro de Trabajo y Asuntos Sociales.