29/06/2017
El Gobierno aprueba un nuevo régimen jurídico para las cooperativas de crédito
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 23 de junio un real decreto de medidas urgentes en materia financiera, cuyo objetivo es reformar el régimen jurídico de las cooperativas de crédito. Según informó el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad en un comunicado, el sector de las cooperativas de crédito supone el 6% del sistema crediticio y tiene una gran relevancia en la financiación de agentes económicos de menor tamaño del sector agrario, industrial y profesional, tales como pymes, autónomos o emprendedores.
Con esta norma el Gobierno pretende “favorecer los procesos que contribuyan al fortalecimiento y a aumentar la resistencia de estas entidades”, en concreto mediante la constitución de Mecanismos Institucionales de Protección (MIP).
"Se completa así el ciclo de las reformas del sistema financiero que el Gobierno inició en 2012 y que han permitido al sector contribuir a la recuperación de la economía española", afirma el comunicado de prensa del Ministerio de Economía.
Mutualización de beneficios y riesgos
La norma reconoce a las cooperativas de crédito la posibilidad de constituir un MIP “como mecanismo concebido para la mutua autoprotección” y que puede ser de dos tipos, reforzado o normativo.
Los MIP reforzados mutualizan al 100% los beneficios y riesgos y cuentan con una entidad cabecera que dirige prácticamente la totalidad de las decisiones del grupo (tiene consideración de grupo consolidable).
En cambio, los MIP normativos no tienen que mutualizar al 100% los beneficios y riesgos y se caracterizan por la constitución de un fondo de garantía privado financiado ex ante por las entidades miembros del grupo, que se utilizará para hacer frente a posibles necesidades de recursos propios de las entidades que participen en el MIP.
Se establecen además incentivos para constituir estos MIP. Según el Gobierno, las entidades que lo integren “tendrán un perfil de riesgo menor al aumentar su solvencia, lo que permitirá reducir los requerimientos mínimos de pasivos capaces de absorber pérdidas a efectos de una eventual resolución y las aportaciones que las entidades integrantes de un MIP deben realizar al Fondo de Garantía de Depósitos”.
El decreto también prevé medidas para potenciar el buen funcionamiento de los MIP, como es que las operaciones desarrolladas por una cooperativa con las otras entidades integrantes del MIP de la que forma parte no computarán a efectos del límite para las operaciones activas con terceros del 50% de los recursos totales.
Además, el fondo de garantía privado tampoco tendrá límites a la hora de invertir en el capital de una de las cooperativas integrantes del MIP. “Levantar esta limitación facilita el uso del fondo cuando una entidad participante lo necesite”, afirman desde el Ministerio.
Un primer paso para apuntalar la solvencia
El ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, subrayó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que esta reforma "es un primer paso que creemos que es importante; este fondo facilitará lo que es apuntalar la solvencia, y si existe una entidad que tiene una necesidad se podrá actuar sin ningún tipo de coste para el contribuyente".